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Publicación en el DO del 22-06-2021, como medida de apoyo a las Pymes, se prorroga el impuesto IVA que debía pagarse entre los meses de junio a septiembre de 2021, para los contribuyentes que producto de la pandemia del Covid-19 hayan registrado una baja de sus ventas del primer trimestre del año 2021 (enero a marzo de 2021) comparado con igual período del año anterior, en al menos un 20%.

Como Opera la Prorroga en el pago del Impuesto IVA

  1. Para los contribuyentes que tributan según el artículo 14-D, esto es Pyme en General, la fecha de inicio del pago de la totalidad del impuesto postergado que debía pagarse entre los meses de junio a septiembre de 2021, será en Octubre del 2021 y se pagará en 12 cuotas mensuales, iguales y reajustadas.
  2. Para los contribuyentes que no califiquen en el artículo 14-D pero que sus ingresos anuales no excedan de 350.000 UF anuales (esto es 10.400 millones aproximadamente), igual podrán postergar y pagar la totalidad del impuesto en Octubre del 2021, pagado en 6 cuotas mensuales, iguales y reajustadas.