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El Sii acaba de emitir con fecha 25 de noviembre la Resolución N°113 que establece la forma y contenido del reporte de saldos y abonos de cuentas financieras que los Bancos están obligados a proporcionar en el mes de marzo de cada año de acuerdo con la Ley N°21.453 publicada el 30 de junio de 2022.

Es así como los Bancos e Instituciones Financieras, deberán informar al Sii los sados y suma de abonos, de personas Naturales o Jurídicas, cuando estos individualmente o en su conjunto, registren movimientos diarios, semanales o mensuales, iguales o superiores a 1.500 UF ($52.217.700 considerando UF al 30/11/2022).  

Este próximo año 2023, el reporte debe considerar los saldos y abonos mantenidos o generados desde el 1° de octubre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022.

¿Y qué hará el Sii con toda esta información?

En nuestra opinión, el Sii podrá cruzar con las declaraciones de Renta de cada contribuyente ya sea persona Natural o Jurídica y llamar a demostrar sus ingresos a contribuyentes que no tengan totalmente justificados sus depósitos.