Nuestro propósito

Contabilidad

Recursos humanos

Artículos

El 31 de octubre pasado fue publicada la Ley N°21631 que establece un beneficio tributario a la adquisición de viviendas nuevas, el cual es de carácter transitorio ya que el beneficio opera para compras desde el 1° de noviembre de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2024. Luego de esto el beneficio se concede por cinco años.

En Que consiste el beneficio Tributario:

Se trata de un crédito tributario reembolsable, es decir, se rebaja del Impuesto Global Complementario de las personas o se da derecho a una devolución de hasta 16 UTM ($1.023.360 a noviembre de 2023), por cada año del beneficio, hasta completar los cinco años.

Cuales son los requisitos copulativos para acceder a este beneficio:

a) Que la vivienda adquirida se encuentre construida y con recepción final a la fecha de entrada en vigencia de la ley o, que a la fecha de entrada en vigencia no contando con la recepción final conforme, exista un contrato de promesa de compraventa posterior al 16 de octubre de 2023.

b) que la compraventa se haya realizado a partir del 01-11-2023 y se inscriba a nombre de la persona en el Conservador de Bs Raíces respectivo antes del 01-10-2024.

Este beneficio es compatible con todos los subsidios para la adquisición de viviendas y en especial con el beneficio tributario de rebaja del gasto de intereses hipotecarios de la base imponible del Impuesto Global Complementario.

La ley establece que el crédito podrá ser utilizado respecto de una sola vivienda adquirida con crédito con garantía hipotecaria.